jueves, 1 de diciembre de 2011

NORMATIVAS DE VALIDEZ NACIONAL


Cohortes anteriores a 1972: Decreto Nº 17087/56 (secundarios normales y comerciales); y Decreto Nº 17087/56 y Ley Nº 13315 (para los medios técnicos y artísticos).
-----------------------------------------------
La LEY Nº 19988: Su vigencia corresponde al período comprendido entre 1972 y 1995 inclusive para la emisión de Títulos / Certificados.
---------------------------------------------
El Decreto Nº 1276/96 y sus Modificatorios: Su vigencia corresponde al período comprendido entre 1996 hasta 2007 inclusive.
----------------------------------------------
El Decreto Nº 144/08: Su vigencia corresponde al período 2008.
--------------------------------------------
El Decreto Nº 144/08 y la Res. Ministerial Nº 1019/09: Su vigencia corresponde al período comprendido entre 2009 y 2010.
--------------------------------------------
El Decreto Nº 144/08 y la Res. Ministerial Nº 1120/10: Su vigencia corresponde al período 2011.
--------------------------------------------
La Resolución Ministerial Nº 2083/11: Su vigencia corresponde al período 2012.
-------------------------------------------
La Validez Nacional debe aplicarse según Año de Inicio de estudios secundarios del alumno, teniendo presente que se considera Inicio de estudios  al  primer AÑO EFECTIVAMENTE PROMOCIONADO, que es el que marcará la validez Nacional del mismo.
NO SE DEBE TOMAR BAJO NIGÚN ASPECTO COMO AÑO DE INICIO DE ESTUDIOS LOS AÑOS NO PROMOVIDOS. (REPITENTES).


No hay comentarios:

Publicar un comentario